Maternidad y paternidad en los autónomos
En ocasiones a l@s trabajador@s por cuenta propia se les define como personas que nunca enferman, que tienen pocos días de vacaciones y que nunca saben lo que van a cobrar a final de mes.
Y la verdad es que la vida del trabajador autónomo es cuanto menos diferente a la del trabajador por cuenta ajena.
En este artículo veremos como es el permiso de maternidad y el de paternidad de los trabajadores autónomos y las bonificaciones que tienen en sus cuotas de autónomos.
Las trabajadoras por cuenta propia sí tienen derecho a la prestación por maternidad durante 16 semanas, que serán ampliables en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo en los casos de parto múltiple.
Del mismo modo que los trabajadores asalariados, los padres que trabajan por cuenta propia, a partir del 1 de abril de 2019, el permiso se amplía a 8 semanas, ampliables en dos días más por cada hijo, a partir del segundo, nacido en el mismo parto.
Las dos primeras semanas del permiso son obligatorias y deben disfrutarse después el parto. Las seis semanas restantes se podrán disfrutar de forma consecutiva a las dos anteriores, o en cualquier momento durante el primer año de vida del bebé.
Se trata de un permiso retribuido al 100%, que será intransferible, por lo que si el padre no lo disfruta, no se lo podrá ceder a la madre.
AQUÍ podéis leer el artículo que hice para Working Mama sobre los autónomos y el permiso de maternidad y paternidad.
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Agustina Rico
Abogada