Divorcio y mascotas
Cada vez estamos más cerca de que todos los animales domésticos, dejen de ser considerados como cosas, y se garantice la protección de nuestras mascotas. Para que ningún animal pueda ser tratado en un divorcio como un mueble o un electrodoméstico.
Serán los jueces, en caso de divorcio quienes deberán establecer la custodia, el régimen de visitas y la manutención de las mascotas que tuviera la familia.
Esto supone un paso más y un gran avance hacia la "descosificación" de los animales,ya que a dejarán de ser considerados como bienes semovientes (cosas) para pasar a ser reconocidos como "seres sintientes".
A pesar de lo novedoso de esta reforma legal, y a que todavía no se ha materializado dicha modificación en el Código Civil, el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Madrid ya ha dictado Sentencia en este sentido y ha decidido que el animal tiene relación con ambos miembros de la pareja, independientemente de quien ostentara su titularidad, ya que se había creado un vínculo emocional con ambos, y merece estar cada cierto tiempo con cada uno de sus cuidadores.
El juez acuerda "la tenencia compartida de Panda (el perro) para cada uno de los cuidadores y responsables" al considerar que "la afectividad que pueda tener una persona sobre su mascota no excluye que esta pueda recibir esa misma afectividad de otras personas". Además, "la mera titularidad formal del animal, sea como dueño o adoptante, no puede prevalecer" sobre el "afecto del solicitante".
Asimismo quedó probada la estrecha relación entre ambas partes con el perro durante el tiempo que convivieron juntos, habiéndose generado un importante vínculo afectivo. Por lo que en este caso, el juez ha considerado que ambos son "corresponsables" y "co cuidadores" de la mascota, pasando a vivir con cada uno de ellos, en periodos alternos de un mes.
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Agustina Rico
Abogada